Procedimientos del Articulo 78 - Cómo apelar una decisión de una agencia

¿Qué es un procedimiento del artículo 78?

Los procedimientos del Artículo 78 son demandas que se utilizan principalmente para impugnar una acción (o inacción) por parte de las agencias del estado de Nueva York y los gobiernos locales. A veces también se someten procedimientos del artículo 78 contra jueces, tribunales, juntas e incluso empresas privadas cuya existencia se basa en la autoridad legal. 

En particular, las apelaciones de las decisiones de la Junta de Apelaciones del Seguro de Desempleo del Departamento de Trabajo de Nueva York son una excepción.  Dichas apelaciones deben presentarse ante la División de Apelaciones del Tercer Departamento de la Corte Suprema del Estado de Nueva York.

Aunque los procedimientos del artículo 78 pueden apelar la mayoría de las acciones administrativas en Nueva York, se deben consultar las leyes que rigen la agencia u organismo en particular para determinar si existe un procedimiento de apelación específico. Por ejemplo, la ley de bienes raíces establece un proceso que debe utilizar un propietario que quiera impugnar/desafiar su evaluación del impuesto sobre la propiedad. 

Las decisiones de los tribunales en materia civil y penal suelen quedar fuera del ámbito de aplicación de la revisión prevista en el artículo 78, con algunas excepciones.

¿Qué puedo hacer si recibo una decisión de una agencia de Nueva York con la que no estoy de acuerdo?

Si no está de acuerdo con la decisión de una agencia, es posible que desee considerar apelar la decisión ante los tribunales de Nueva York. Puede hacerlo mediante la presentación de un "Procedimiento del Artículo 78". Su nombre se debe a la sección de la ley de Nueva York que establece las reglas para este tipo de casos: el artículo 78 de la Ley y Reglas de Práctica Civil de Nueva York. Las personas nos preguntan sobre este tipo de caso después de haber recibido una decisión de audiencia desfavorable en un caso que involucra al Departamento de Servicios Sociales (DSS) o una autoridad de vivienda.

Por lo general, el artículo 78 no está disponible si la decisión o determinación que se pretende apelar no es definitiva.  Por lo general, una determinación es definitiva cuando no quedan más opciones de apelación dentro de una agencia. A veces, una decisión puede convertirse en definitiva si la agencia ignora su solicitud, lo que se denomina "denegación constructiva". Es importante saber que las agencias suelen responder "sí" o "no".

¿Necesito un abogado?

No es necesario tener un abogado, pero los procedimientos del artículo 78 suelen ser presentados por abogados.  Es importante presentar correctamente los documentos que necesita (un Aviso de Petición y una Petición). Le recomendamos encarecidamente que busque un abogado que le ayude. Si no conoce ninguno, puede ponerse en contacto con el Servicio de Información y Referencia de Abogados del Estado de Nueva York. Su número gratuito es 1-800-342-3661. Es posible que puedan darle los nombres de los abogados en el área que manejan este tipo de asunto y si estarían dispuestos a reunirse con usted a una tarifa de $ 35 para una consulta inicial de media hora. 

Algunos condados tienen servicios de referencia de abogados locales, como el Servicio de Referencia de Abogados del Colegio de Abogados del Condado de Cattaraugus, al que se puede contactar al (716) 584-1254. Monroe Monroe County's está disponible en mcba.org. Además, el sitio web del sistema judicial de Nueva York, disponible en nycourts.gov, tiene un servicio de "Pregúntele a un bibliotecario legal". Se trata de un servicio de referencia jurídica a distancia abierto al público en general. Cuenta con personal de la biblioteca legal del Sistema de Tribunales del Estado de Nueva York de todo el estado y está destinado a responder preguntas de referencia legal planteadas por el público.

¿En qué tribunal presento mi procedimiento del Artículo 78?

Por lo general, tiene que presentar su procedimiento del Artículo 78 en la Corte Suprema del Estado de Nueva York. Cada condado tiene su propia Corte Suprema. La Corte Suprema generalmente se encuentra en el Palacio de Justicia del Condado. Hay un enlace de "Localizador de Tribunales" en nycourts.gov con información de contacto.

¿Existe un plazo para presentar un procedimiento del artículo 78?

Sí. Los procedimientos del artículo 78 generalmente deben presentarse dentro de los cuatro meses (120 días) posteriores a la fecha en que reciba la decisión que desea apelar. Consulte con un abogado lo antes posible para averiguar si su plazo es aún más corto.

¿Qué argumentos puedo plantear en mi procedimiento del artículo 78?

Un argumento que puede plantear es que la agencia no siguió sus propias reglas cuando tomó la decisión. Otras dos cosas que el tribunal puede considerar son: 1) si la decisión fue "arbitraria y caprichosa" o 2) no está respaldada por "pruebas sustanciales". Estas palabras tienen significados legales especiales. "Arbitraria y caprichosa" significa que la decisión no está razonablemente relacionada con los hechos del caso. "Evidencia sustancial" es evidencia que una persona razonable aceptaría como suficiente para respaldar la decisión de la agencia. Si perdió una audiencia, probablemente sienta que debería ganar en ambos temas. Los tribunales de Nueva York muy a menudo fallan a favor de la agencia si la agencia ha escrito alguna razón para su decisión, incluso si muchas personas pensarían que la decisión fue incorrecta.

¿Puedo hacer algo más que presentar un procedimiento del Artículo 78?

A veces, una decisión desfavorable de una audiencia imparcial se puede revertir a su favor sin tener que ir a la corte para presentar una apelación. Por lo general, esto funciona mejor cuando se cometió un error real en la decisión. Por ejemplo, si le entregó documentos al juez en la audiencia y la decisión dice que no llevó ningún documento a la audiencia.

Si su caso involucra derechos protegidos por la Constitución de los EE. UU. o la legalidad de una ley federal, es posible que pueda presentar un caso en un tribunal federal o en la Corte Suprema del Estado de Nueva York. En ese caso, puede tener hasta tres años a partir de la fecha de la decisión desfavorable de la audiencia para presentar su caso. Por lo general, es más seguro presentar la impugnación/apelacion del Artículo 78 a la decisión desfavorable de la audiencia dentro de los cuatro meses posteriores a la fecha de la decisión para asegurarse de que no se le pase este plazo. 

¿Cuánto tiempo tarda una apelación?

Dependiendo de los asuntos involucrados, una apelación puede demorar varios meses o más. 

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(c) Asistencia Legal de Western New York, Inc. ®

En este artículo se proporciona información general sobre este tema. Las leyes que afectan a este tema pueden haber cambiado desde que se escribió este artículo. Para obtener asesoramiento legal específico sobre un problema que tenga, obtenga el asesoramiento de un abogado. Recibir esta información no lo convierte en cliente de nuestra oficina.

Fecha de la última revisión: febrero de 2025

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